miércoles, 14 de octubre de 2009

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, en tiempo de guerra, protege a las personas que no participan en las hostilidades o que han dejado de hacerlo. Su principal objetivo es limitar y evitar el sufrimiento humano en tiempo de conflicto armado. Las normas estipuladas en los tratados de DIH han de ser respetadas no sólo por los Gobiernos y sus fuerzas armadas, sino también por grupos armados de oposición y por cualquier otra parte en un conflicto. Los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y los dos Protocolos de 1977 adicionales a éstos son los principales instrumentos de derecho humanitario.
El 12 de agosto de 1949 se adoptaron los cuatro Convenios de Ginebra, que constituyen la piedra angular del derecho internacional humanitario. Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales contienen las principales normas destinadas a limitar la barbarie de Uno de los principios básicos del derecho internacional humanitario es el principio de distinción entre los combatientes, cuyo papel es participar en los combates que se libran durante un conflicto armado, y los civiles, que se supone no participarán en forma directa en las hostilidades y, por ello, gozan de plena protección contra los ataques. Pierden esa protección sólo si "participan directamente en las hostilidades y mientras dure esa participación". Tras seis años de debates e investigaciones, el CICR publica la "Guía para interpretar la noción de participación directa en las hostilidades según el derecho internacional humanitario" cuya finalidad es esclarecer el significado y las consecuencias de la participacEn una reunión celebrada en la ciudad de Montreux, Suiza, se reafirmaron las obligaciones de los Estados en relación con las empresas militares y de seguridad privadas en zonas de guerra. En dos puntos clave del documento aprobado por 17 países, se establece que el hecho de delegar tareas a un contratista no libera a los Estados de sus responsabilidades, y que los Gobiernos no deberían permitir la participación de contratistas en operaciones de combateión directa en las hostilidades en el marco del derecho internacional humanitario (DIH).la guerra

No hay comentarios: